martes, 23 de marzo de 2010

BONO SOLIDARIO




En el panel de la derecha están las Bases y Condiciones.

miércoles, 17 de marzo de 2010

LA JUSTICIA DESCONOCE A LOS SOCIOS

Estimados socios e hinchas verdolagas:

Con la intención de mantenerlos informados de la actualidad de nuestra querida institución, adjuntamos la Resolución de la Sala D, en donde los representantes de la justicia desconocen la representatividad de los socios.

Los seguiremos informando.

Click aquí para ver la resolución dictada

Adjuntamos también una explicación efectuada por el Dr. Eduardo Sreider.

CLUBES EN FIDEICOMISO O ESPACIOS DICTATORIALES

El 25 de julio de 2000 se promulgó la ley nº 25.284, que estableció el fideicomiso con control judicial de las entidades deportivas con quiebras decretadas.

A diez años de su vigencia, sus valiosos fines y objetivos protectorios se encuentran notoriamente desvirtuados.

En tal sentido, resulta más que obvio, que los valiosos y centenarios patrimonios institucionales, mal pueden ser confiados, en forma exclusiva y para su total y antojadiza administración, a sólo tres funcionarios judiciales, ajenos a la historia de los mismos.

El artículo 7º de la llamada Ley de Salvataje de Entidades Deportivas establece que la designación del órgano fiduciario "desplaza" a los órganos institucionales y estatutarios que estuvieren actuando.

Dado que objetivo principal de la norma es la plena continuidad de la vida societaria y deportiva, el "desplazamiento" propuesto sólo puede entenderse como la voluntad de "mover", "correr" o "trasladar" a los directivos de los clubes en fideicomiso, desde las funciones de administración hacia las de representación de los asociados y de contralor de la actuación de los funcionarios judiciales, a fin de garantizar el derecho constitucional de defensa en juicio y el cumplimiento de los objetivos de la ley.

El 6 de julio de 2007 fue publicado en el Boletín Oficial el texto del decreto nº 852/2007, reglamentario de la ley nº 25.284.

Dicha normativa ha "leído" debidamente la ley de fondo, considerando parte legitimada y directamente interesada para solicitar la conclusión de la quiebra y, en su consecuencia, la extinción del fideicomiso de administración con control judicial a la asociación o entidad civil deudora..., ratificando que la deudora conserva su derecho de defensa a través de sus órganos institucionales y estatutarios, que en la determinación de la responsabilidad de los miembros del órgano fiduciario y del monto de la reparación de los daños y perjuicios que pudieran corresponder, queda legitimada para actuar como parte la asociación o entidad civil deudora y que los socios realizarán sus requerimientos a través de los procedimientos estatutarios y serán sus órganos naturales los que puedan peticionar judicialmente."

En este sentido, el decreto nº 852/2007 resulta inequívoco, contundente y terminante, respecto de la continuidad y de la necesidad de la vida institucional.

Dada la publicación del decreto reglamentario nº 852/2007, el 18 de julio de 2007 solicitamos el inmediato llamado a elecciones de una nueva Comisión Directiva.

El 8 de octubre del mismo año 2007 el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 22, a cargo de la Dra. Margarita Braga, denegó la petición "por no encontrar respaldo legal".

Apelada dicha resolución, el 11 de diciembre de 2009 la Sala D del Tribunal de Segunda Instancia interviniente, confirmó el rechazo del pedido de elecciones, dictando un totalitario, antidemocrático, absurdo y arbitrario pronunciamiento.

En el mismo, sin efectuar ningún tipo de análisis ni de razonamiento propio y sin indicar los fundamentos jurídicos de dicha decisión, los votantes han "optado" por "leer" el art. 7º de la Ley de Entidades Deportivas, asignándole un espíritu dictatorial y totalitario y "olvidando" que la misma forma parte del ordenamiento jurídico vigente en un país democrático.

Así, el decisorio pretende "hacerle decir" a la norma que malinterpreta, que el "desplazamiento" de la administración por ella establecido "significa" una especie de "pasaje a la clandestinidad" de todos y cada uno de los actos de la vida societaria.

A renglón seguido, el totalitario decisorio "entiende", sin agregar fundamento alguno, que las entidades deportivas en fideicomiso de administración con control judicial han sido "convertidas" por el art. 7º de la ley nº 25.284 en sitios gobernados y administrados dictatorialmente, por tres triunviros que acumulan la suma del "poder" y cuyos actos no podrán ser cuestionados, controlados ni investigados por Organo institucional alguno, dado que los mismos no quedan en funcionamiento para poder inmiscuirse, han "desaparecido" por completo y han sido "borrados del mapa".

Y como corolario de todo ello, el absurdo pronunciamiento "interpreta", que los artículos 5, 7, 12 y 15 inc. k del decreto reglamentario nº 852/2007 "contradicen abiertamente" los términos de la ley 25.284" en el marco societario dictatorial inadmisiblemente "imaginado" y que por lo tanto "corresponde abstenerse de aplicar dicho decreto reglamentario para hacer valer en plenitud la ley reglamentada", lo que determina el "rechazo del pedido de convocatoria a elecciones".

Este deficiente razonamiento constituye arbitrariedad pura.

No existe contradicción alguna entre la correcta interpretación y lectura de la ley y su correspondiente decreto reglamentario.

El "desplazamiento" de la administración no implica la "desaparición" de los órganos institucionales.

De "arrasarse" o "aniquilarse" la institucionalidad, nadie podría representar a los socios.

Y de no existir representación societaria, resultaría virtualmente imposible el control judicial hacia los fiduciarios.

Así, la sentencia "olvida" que la ley analizada crea lo que denomina, justamente, "fideicomiso de administración con control judicial".

Dicho "control judicial" requiere necesariamente de la participación de los socios, que son quienes mantienen la actividad durante el período de vigencia del fideicomiso y quienes tienen pleno conocimiento respecto del desarrollo de las mismas.

Sabido es que "los hombres son buenos", "pero si se los controla son mejores".

Quizás no resulte casual que el primer magistrado interviniente haya intentado sustentar sus pretensiones de impunidad en la interpretación del art. 7º de la ley nº 25.284, absolutamente idéntica a la sugerida por la resolución ahora dictada.

Mal puede imaginarse o consentirse "en democracia" la existencia de espacios dictatoriales.

La reciente e inaceptable sentencia resulta también violatoria del principio republicano de división de poderes, al decidir arbitrariamente la no aplicación de disposiciones reglamentarias perfectamente dictadas en el marco de las atribuciones del Poder Ejecutivo, sin siquiera declarar su inconstitucionalidad.

Asimismo, conculca el derecho de defensa y la garantía de debido proceso, protegidas por el artículo 18 de la Constitución Nacional.

Semejante nivel de arbitrariedad deviene sencillamente alarmante y constituye presunta causal de "mal desempeño", dado que se pretende conculcar los fundamentos básicos del orden democrático, el principio republicano de división de poderes, las esenciales garantías constitucionales de propiedad, de debido proceso y de defensa en juicio y el derecho supranacional de asociación.

Por todo lo expuesto, la Comisión Directiva del Club Ferro Carril Oeste interpuso en tiempo y forma el pertinente recurso extraordinario, por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Esperamos que el Alto Tribunal fulmine, con términos claros y contundentes, este dictatorial, totalitario, antidemocrático, inimaginable e inaceptable decisorio, que pretende convalidarse en inequívoco perjuicio de nuestra centenaria institución.

Eduardo Gabriel Sreider (*)

Abogado

(*) Vocal Titular de la Comisión Directiva Residual del Club Ferro Carril Oeste.


jueves, 11 de marzo de 2010

EN SILENCIO, PERO ESTAMOS TRABAJANDO



Con la colaboración de todos Uds. ya hemos efectuado 5 compras de deuda a distintos acreedores. Ya estamos organizando la próxima compra, pero como todos uds. se imaginan, es un trabajo arduo, ya que hay que hacer rendir la plata lo más posible.

En breve estaremos sacando una campaña de apoyo, en la que seguramente muchos de nosotros vamos a participar.

Los esperamos...